Si quieres ayudar a la Iglesia en sus necesidades y hacer un donativo este es el número de cuenta de la Parroquia Santo Tomás de Villanueva de Tomelloso
¡Que Dios te lo pague!
Titular: Parroquia Santo Tomás de Villanueva
ES26 3190 2099 1221 1338 1525
También puedes hacer un donativo a través del código BIZUM ONG de la parroquia:
“PARROQUIA SANTO TOMAS DE VILLANUEVA”
BIZUM: 06882
También puedes realizar una suscripción periódica rellenando la siguiente hoja:
Completa o imprime el PDF editable.
Una vez completado mandanos el documento a la siguiente dirección de correo:
*Introducir NIF en el concepto
Si elige la opción Bizum o transferencia y desea un certificado para poder deducirse en la Declaración de la Renta, la parte correspondiente de su donativo, es necesario que ponga el NIF en el concepto y nos aporte los siguientes datos, en el correo santotomastome@gmail.com o pulsando el siguiente botón.
Puedes realizar un donativo periódico o puntual y colaborar de esta forma con tu parroquia y con tu diócesis. Estos donativos se pueden desgravar fiscalmente en la declaración de la renta con interesantes novedades para los donativos realizados durante el 2024, tras la publicación del Real Decreto-Ley 6/2023 del 19 de diciembre en el que se modifican los porcentajes desgravables.
Te explicamos los distintos porcentajes de desgravación para los donativos realizados durante el 2024:
Según el régimen fiscal:
Además, se incluye en el concepto de donación fiscalmente deducible la cesión de uso de todo tipo de muebles e inmuebles dentro del concepto más genérico de donación de derechos.
¿Qué es un donativo recurrente? Para que un donativo sea considerado recurrente, tiene que cumplirse que en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones a la misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del periodo impositivo anterior. Por ejemplo, para los donativos realizados durante el año 2024 habrán de analizarse los donativos efectuados en los años 2023 y 2022.
Es decir, los donativos para la Iglesia se pueden desgravar de la siguiente manera:
Recuerda que esto aplica al total de donativos desgravables que realices durante el ejercicio fiscal (Iglesia, ONGs… etc.).